El Tribunal Supremo confirma la condena a un funcionario que se hizo con 239.000 euros de la Delegación de Agricultura de Almería con talones al portador

Ha sido condenado a 5 años y 3 meses de prisión por delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso con malversación de caudales públicos

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 5 años y 3 meses de prisión por delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso con malversación de caudales públicos a un funcionario de la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, que sacó en talones al portador un total de 239.638,20 euros de una cuenta de dicha Delegación para su lucro personal.

El Supremo ratifica los pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y de un tribunal del jurado de la Audiencia de Almería, al rechazar el recurso del funcionario acusado, Miguel Gallardo Lorenzo, que además de la pena de cárcel es condenado a 9 años de inhabilitación absoluta y a indemnizar con 239.638 a la Junta de Andalucía. Del pago de la indemnización hasta el importe de 105.338,20 euros responderá subsidiariamente la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (BBVA), en la que estaba la cuenta de la Delegación a la que se cargaron los talones al portador.

Según los hechos probados, el funcionario acusado, “con la intención de obtener un lucro económico y siendo consciente de la falta de control sobre la cuenta, en la que tenía firma autorizada desde 1986, entre febrero y abril de 2009 extrajo de la misma un total de 134.300 euros haciendo uso para ello de 49 talones al portador”.

“Con la misma intención -añade la sentencia-, pese a que desde el 22 de junio de 2010 no figuraba como autorizado en la cuenta, entre febrero de 2011 y noviembre de 2012 extrajo de la misma un total de 105.338,20 euros haciendo uso para ello de 39 talones al portador en los que estampó una firma irreal. En los 7 últimos cheques, dado que los empleados del banco le exigieron que hiciera constar su DNI además de la firma si deseaba cobrar, el acusado consignó un número de DNI distinto al suyo cambiando alguno de los dígitos de la numeración correcta. A pesar de que el acusado no figuraba como autorizado, los empleados del BBVA abonaron los talones al no hacer las comprobaciones necesarias”.